El Consorcio de Compensación de Seguros informa sobre las inundaciones extraordinarias producidas por la DANA.
Los daños por inundación extraordinaria los indemniza el Consorcio de Compensación de Seguros del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, al encontrarse dicha causa en la relación de los legalmente llamados “riesgos extraordinarios”.
Por tanto, el CCS asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables que se hayan producido y que continúen produciéndose con motivo de este episodio de inundación extraordinaria.
Requisitos para poder acceder a la indemnización:
Son requisitos para poder acceder a la indemnización:
• Tener una póliza de seguro vigente y la prima pagada.
• El Consorcio indemniza bajo las condiciones de la póliza de seguro original (bienes, capital, límites, etc.).
• Se cubren los daños causados en personas y bienes asegurados, como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.
• Daños en bienes (materiales directos): La póliza debe cubrir riesgos como incendio, robo o daños a equipos electrónicos. Ejemplos: seguros multirriesgo del hogar, comercio, industria, etc.
• Daños en vehículos: Se necesita tener cobertura por daños al vehículo (ya sea todo riesgo, lunas, robo) o el seguro obligatorio del vehículo (a terceros).
• Daños personales (lesiones o fallecimiento): Se necesita tener un seguro de vida o accidentes con coberturas de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.
• Pérdida de beneficios: Solo está cubierta si la póliza de seguros la especifica y el daño afecta los bienes asegurados.
Presentación de Solicitudes de indemnización:
Las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado o, en su representación, por su aseguradora o por su mediador de seguros, siendo muy recomendable en estos momentos que la solicitud de indemnización al CCS se haga a través de sus agentes o corredores de seguros, o de sus propias aseguradoras en representación de las personas aseguradas que han sufrido los daños.
Para ello bastará, alternativamente:
a. Una llamada al centro de atención telefónica del CCS (teléfono gratuito 900 222 665) para facilitar los datos identificativos del asegurado y de las personas o bienes que han sufrido los daños, que tengan seguro
b. O cumplimentar esa misma información por internet en la página web del CCS www.consorseguros.es.
Al terminar la conversación o la cumplimentación de datos en pantalla, la solicitud queda instantáneamente registrada en el sistema informático del CCS y se facilita al afectado su número de referencia.
Por ello, no resulta necesario ni aconsejable presentar las solicitudes de indemnización presencialmente ni de manera indirecta en oficinas de otros organismos públicos, sistemas que no conllevan el inmediato registro informático de las solicitudes.
El CCS registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto en la legislación de seguros desde que se produjeron los daños.
Datos de registro a 5 de Noviembre de 2024: 72.125 solicitudes de indemnización.
A las 8 horas del 5 de noviembre de 2024 el CCS informa que ha recibido y registrado 72.125 solicitudes de indemnización.
Según tipos de riesgo, el desglose de solicitudes de indemnización recibidos es el siguiente:
· Viviendas y comunidades de propietarios: 21.405 solicitudes de indemnización.
· Vehículos automóviles: 44.203 solicitudes de indemnización.
· Comercios, almacenes y otros riesgos: 4.635 solicitudes de indemnización.
· Oficinas: 307 solicitudes de indemnización.
· Riesgos industriales: 1.563 solicitudes de indemnización.
· Obras civiles: 12 solicitudes de indemnización.
El Consorcio de Compensación de Seguros ha movilizado a 495 peritos para tasar los daños, que están empezando a desplegarse por las zonas afectadas a medida que las restricciones de acceso derivadas de la gestión de esta situación de emergencia lo van permitiendo.
*Se adjuntan las notas de prensa del CCS