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¿QUÉ DEBEMOS SABER ANTES DE CAMBIAR DE COMPAÑÍA ELÉCTRICA?

Si eres usuario de electricidad, tanto a nivel doméstico como PYME,  te interesa saber:

  • Que todos los consumidores tienen derecho a elegir libremente la comercializadora con la que quieren contratar el suministro eléctrico.
  • Que el cambio de comercializador es un proceso gratuito.
  • Que el plazo máximo para realizar el cambio de comercializador es de 21 días.
  • Que el nuevo comercializador es el encargado de realizar todos los trámites relacionados con el cambio de comercializador.
  • Que las actuaciones administrativas y técnicas no deben impedir el cambio.

 

Recomendaciones al CONSUMIDOR doméstico o PYME de electricidad  para contratar una oferta:

  • Antes de decidirse por una nueva oferta, compare los precios y los servicios que ofrezcan al menos un par de empresas diferentes. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia CNMC dispone de un comparador que le puede ser de utilidad. Pinchar aquí para ver el comparador
  • La contratación del suministro se puede realizar en oficina comercial, por teléfono o por internet. Desde octubre de 2018, está prohibida la venta a domicilio del suministro de gas y electricidad, si la visita no ha sido concertada previamente por el consumidor.
  • Antes de decidirse por una oferta, lea atentamente las condiciones del contrato. En particular, busque si el contrato incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales.
  • Examine si el contrato tiene compromisos de permanencia. Evite los contratos que incluyan penalizaciones económicas por su cancelación.
  • Si recibe una llamada telefónica, no debe sentirse presionado. No facilite al vendedor sus datos bancarios ni sus datos personales, si no está realmente seguro de realizar un cambio de contrato.
  • Pida una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y compruebe que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que le indica el vendedor.
  • Si realiza la contratación por internet, guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato.
  • En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial (ventas por teléfono o por internet), tiene 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación. El vendedor está obligado a informarle del procedimiento a seguir.
  • Compare periódicamente su oferta con otras disponibles en el mercado, en particular, cuando su suministrador le revise los precios del contrato. Asesórese sobre la potencia a contratar y sobre la tarifa eléctrica con discriminación horaria.

 

Ante cualquier factura que no entienda , duda sobre este procedimiento o sobre su actual contrato, puede dirigirse para informarse a nuestra   red de oficinas del SAC   

información extraída de la CNMC

 

Etiquetas
electricidad, contratación, gas
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