Cancelación de viajes combinados (aquellos que incluyen dos de estos 3 elementos: alojamiento, transporte y/o bien otros servicios turísticos relevantes)
Cuando un viaje combinado haya sido cancelado con motivo del Covid-19:
• La empresa organizadora podrá entregar al consumidor un bono para utilizarlo dentro de 1 año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas (por cantidad igual al reembolso que hubiera entregado).
• Una vez pasado el periodo de validez del citado bono, si no se hubiera utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo del pago realizado.
• Si el consumidor solicitara, de todas formas, la resolución del contrato, la empresa organizadora, deberá proceder al reembolso total o parcial (sólo si las entidades proveedoras de los servicios incluidos en el contrato de viaje combinado hubieran procedido a la devolución del importe de los servicios, en caso de ser parcial la devolución sería de la parte que han abonado dichas entidades, descontándose del bono dicha parte).
• Las devoluciones serán efectuados en un plazo no superior a 60 días desde la fecha de la resolución del contrato o desde aquella en que las entidades proveedoras de servicios hubieran procedido a su devolución.
Cancelación de viajes en medios de transporte distintos al avión
En los viajes por vía ferroviaria, es recomendable que se consulten las medidas concretas sobre cambios y anulaciones de billetes, sin coste para los viajeros. Que se hayan habilitado de urgencia por la compañía. Así, cuando el viajero no pueda llevar a cabo el viaje. debido a las medidas decretadas por el estado de alarma, o la compañía haya suspendido el mismo por tal motivo, tendrá derecho a resolver el contrato de transporte sin penalización en el plazo de 14 días a contar desde la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.
El transportista podrá ofrecerle una alternativa de viaje y, si en 60 días desde la cancelación del viaje no ha habido acuerdo entre las partes sobre la alternativa ofrecida, se reembolsarán al viajero los importes abonados, de la misma forma en la que se efectuó el pago. No obstante, la empresa podrá descontar los gastos originados por el reembolso, que deberán estar convenientemente desglosados y que, en ningún caso, podrán suponer una penalización para el usuario.
Cancelación de eventos u otro tipo de servicios, incluidos hoteles.
En el caso de que se haya suspendido un evento (cultural, deportivo, etc.) o resulte imposible la prestación de cualquier tipo de servicio como consecuencia de las medidas adoptadas durante el estado de alarma (reserva de hotel, restaurante, etc.) el usuario tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización en el plazo de 14 días. a contar desde la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.
El prestador del servicio podrá ofrecer una alternativa de prestación del servicio (fecha alternativa, un bono o vale sustitutorio, etc.). En el caso de que, en un plazo máximo de 60 días el usuario no acepte la alternativa propuesta, se deberán reembolsar los importes abonados en la misma forma en que se efectuó el pago. No obstante, la empresa podrá descontar los gastos ocasionados por el reembolso, que deberán estar convenientemente desglosados y que, en ningún caso, serán una penalización para el usuario.
En cualquier caso, se recomienda comprobar los términos y condiciones del contrato para verificar si estas circunstancias de cancelación están previstas y si los potenciales derechos adicionales que pudiesen aparejarse a dichas cancelaciones fueran más favorables.